El contrato de un empleado de hogar se puede romper por los mismos motivos que el resto de contratos de trabajo, excepto las causas que solo están previstas para las empresas (fuerza mayor, despido colectivo y por causas objetivas).
Normas específicas de los despidos en el contrato de empleado de hogar
- En caso de que el despido sea declarado improcedente, la indemnización será de 20 días por año, con el límite de 12 mensualidades. Y esta indemnización tiene que pagarse íntegramente en metálico en el documento de liquidación y finiquito:
documento-de-liquidacion-y-finiquito
- Además el empleador puede romper el contrato por desistimiento, es decir, porque no quiere continuar contratando al empleado, y tendrá que decirlo por escrito y de forma clara:
comunicacion-de-desistimiento-con-preaviso
- Será necesario dar un preaviso de 20 días si el contrato lleva más de 1 año, y si no 7 días. En este caso se tiene que pagar una indemnización de 12 días por año, con el límite de 6 mensualidades, también en metálico y en el momento de comunicar el desistimiento.
- Si el empleado es interno, y vive en la casa donde presta servicios, no se le podrá despedir pasadas las 5 de la tarde y antes de las 8 de la mañana, salvo que el despido sea por una falta muy grave que rompa la confianza: